Formas de apoyarnos
El apoyo de empresas y personas ha sido y es imprescindible para seguir adelante con nuestra labor, tanto en la realización de los proyectos que mejoran la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual, como en la sensibilización para lograrlos su inclusión. Se puede colaborar de muchas formas, desde hacer aportaciones económicas en forma de donativo, asociándose, con voluntariado e incluso, dejando un legado. ¿Te sumas?
Asóciate
Hazte socio o socia y podrás participar en los Órganos de y disponer de información relevante de la entidad.
Hazte colaborador
En Atendis queremos que seas parte de nuestro proyecto, y por eso te proponemos que te conviertas en Colaborador/a.
Haz un donativo
Realiza una aportación económica periódica (anual, semestral, trimestral o mensual) o puntual o bien, una aportación en especial.
Legado solidario
Un compromiso perdurable donde podrás incluir en tu testamento vital, en una o varias entidades sin ánimo de lucro o bien, dejar una parte de tu patrimonio, o bien concreto.
Voluntariado
Si tienes entre 16 y 70 años, tienes la voluntad de formar parte de un equipo asistencial social y dispones de tiempo para dedicar a otras personas, ¡no lo dudes! Aquí, el título del aparato cuando entras, debe ser Hazte voluntario/voluntaria.
Eres empresa - Como colaborar
Haz que tu empresa colabore desinteresadamente a través del voluntariado, apoyo económico (donativos o apoyo en especie), patrocinando proyectos o contratando a personas atendidas en el SIL Taina.
BENEFICIOS FISCALES
Estamos acogidos a la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales en el mecenazgo.
Datos actualizados con la entrada en vigor el 1 de enero de 2024 del Real Decreto-ley 6/2023 de 19 de diciembre.
PERSONAS FÍSICAS (IRPF)
(Deducción en cuota integra límite 10% base liquidable)
A partir de 250€
45%
Cuando en los dos años anteriores se haya realizado un importe igual o superior a la misma entidad
PERSONAS JURÍDICAS
(Deducción en cuota integra límite 15% base liquidable *)
50%
Cuando en los dos años anteriores se haya realizado un importe igual o superior a la misma entidad
* Si excede el límite: se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos y sucesivos